FRACC. |
CONTENIDO EN LEY |
DOCUMENTACION |
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I |
Estructura Orgánica |
Estructura Orgánica
Manual organizacional del fondo de pensiones |
I |
Las atribuciones y facultades de cada órgano de gobierno o unidad administrativa según sea el caso |
Reglamento del fondo de pensiones |
II |
Directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes |
Directorio |
III |
Total de remuneración mensual fija que corresponda, según sea el caso, al cargo de representación popular o al puesto administrativo que desempeñen, deduciendo los gastos realizados por los servidores públicos en ejercicio o con motivo de sus funciones |
Percepciones Personal de Base Burocracia, Base Magisterio y de Confianza. |
IV |
Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica de los servidores públicos encargados de gestionar y resolver las solicitudes de información pública |
Directorio |
V |
Metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos |
No aplica al Fondo de Pensiones |
VI |
Los servicios que ofrecen al público |
Servicios |
VII |
Los trámites, requisitos y formatos para acceder a los servicios que se ofrecen y que se establezcan en la normatividad aplicable |
I.-Solicitud de poliza por defunción
II.-Solicitud de jubilación y/o pensión
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VIII |
La información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución. En el caso del Ejecutivo Estatal, dicha información será proporcionada respecto de cada dependencia y entidad por la Secretaría de Finanzas del Gobierno Estatal |
No aplica al Fondo de Pensiones |
VIII
VIII |
Situación económica, las finanzas públicas
Deuda Pública
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No aplica al Fondo de Pensiones
No aplica al Fondo de Pensiones
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IX |
Los resultados de las auditorias al ejercicio presupuestal de cada Entidad Pública |
No aplica al Fondo de Pensiones |
X |
El diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio y aportaciones; así como los padrones de beneficiarios de los programas sociales; los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos por cualquier motivo, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos |
No aplica al Fondo de Pensiones |
XI |
Las concesiones, permisos o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos, concepto por el que se otorga y vigencia de los mismos, y en el caso de ser requeridos, las opiniones, datos y fundamentos finales contenidos en los expedientes administrativos que justifican su otorgamiento |
No aplica al Fondo de Pensiones |
XII |
Las contrataciones que se hayan celebrado en términos de la legislación aplicable detallando por cada contrato: Las obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y los servicios contratados; en el caso de estudios o investigaciones deberá señalarse el tema específico; el monto; el nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se hayan celebrado el contrato; los plazos de cumplimiento de los contratos; el lugar; la identificación del órgano público ordenador o responsable de la obra cuando la ejecute directamente
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No aplica al Fondo de Pensiones |
XIII |
El marco normativo aplicable a cada Entidad Pública, incluyendo circulares y demás disposiciones de observancia general |
II.-Manual de procedimientos del fondo de pensiones
III.-Marco jurídico |
XIV |
Los informes que por disposición legal, generen las Entidades Públicas |
No aplica al Fondo de Pensiones |
XV |
Los dictámenes sobre iniciativas que se presenten en el Congreso |
No aplica al Fondo de Pensiones |
XVI |
Las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad que se generen entre los poderes públicos y los distintos niveles de gobierno |
No aplica al Fondo de Pensiones |
XVII |
Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base a la información estadística, responda a las preguntas hechas con mas frecuencia por el público: |
No aplica al Fondo de Pensiones |